Miercoles 07 de agosto del 2013
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La Asamblea presentó su respuesta a la acción de inconstitucionalidad del legislador Luis Fernando Torres, contra la Ley de Comunicación, vigente desde el 25 de junio.

La contestación fue presentada a la Corte Constitucional a través de Fernando Benítez, coordinador general jurídico, por encargo de Gabriela Rivadeneira, presidenta de la Función Legislativa.

En el escrito, el Parlamento negó que haya inconstitucionalidad de forma y fondo de más de 62 artículos de esa norma, como lo señala la demanda.

Según Benítez, la Ley de Comunicación sí fue aprobada cumpliendo los requisitos reglamentarios del Congreso, que es uno de los puntos cuestionados por el legislador Torres.

"La normativa en lo formal cumplió con el trámite establecido. La votación definitiva del proyecto se realizó sobre la base de los cambios aceptados por el ponente del informe, asambleísta Mauro Andino, presidente de la Comisión Ocasional de Comunicación", señaló el Congreso, a través de un comunicado.

Sin embargo, la demanda de Torres señala que se irrespetó el procedimiento parlamentario. Su argumento es que el contenido de unos 50 artículos de la ley de medios no fueron debatidos en el Pleno de la Asamblea antes de su respectiva votación.

En efecto, la Legislatura no debatió formalmente temas como la figura del linchamiento mediático o la creación de la Superintendencia de la Comunicación e Información, como lo solicitó en su momento la oposición. Por eso, Torres señala que hay inconstitucionalidad de forma en ese grupo de artículos de la ley.

En su respuesta a la Corte, la Asamblea también negó que exista una inconstitucionalidad de fondo de 12 artículos.

"No se evidencia quebranto alguno a disposición constitucional de forma expresa", señaló la Asamblea en el comunicado.

No obstante, en su demanda, Torres señala que ese grupo de artículos van en contra de los principios constitucionales que garantizan "la libertad de información, seguridad jurídica y el debido proceso". Asimismo, señala que la ley puede catalogar a la comunicación como un servicio púbico y no como un derecho.

Tras presentar sus argumentaciones en nombre de Rivadeneira, el Coordinador General Jurídico de la Asamblea solicitó a la Corte que se deseche la demanda de inconstitucionalidad.

Así, el Congreso se alineó con el Ejecutivo sobre esta demanda. Esta semana, el secretario jurídico de Carondelet, Alexis Mera, entregó una respuesta a la Corte, en la que también pidió que se deseche la acción.

Las fases del proceso

La Procuraduría?General del Estado también debe presentar su criterio jurídico sobre la demanda contra esta ley.

La jueza María?del Carmen Maldonado es la ponente. Después de recoger los criterios debe presentar un informe jurídico, en el que se determina si hay o no inconstitucionalidad.

Los nueve?magistrados de la Corte Constitucional deben estudiar ese informe jurídico de la jueza Maldonado, para aprobarlo o rechazarlo.

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La presidenta Cristina Fernández instó el martes a la Corte Suprema de Justicia para que se expida "pronto" sobre la constitucionalidad de la Ley de Medios porque, aseguró, "el país, la democracia y todos los argentinos se merecen una ley acorde a los tiempos que vivimos, contra la concentración y los monopolios".

 
"Cuatro años es mucho tiempo" para que tenga plena vigencia, planteó la jefa de Estado en la ciudad bonaerense de Cañuelas, al presidir el acto de inauguración de una fábrica de lavarropas de Samsung, en un acto del que también participaron el precandidato a diputado nacional e intendente de Lomas de Zamora, Martín Insaurralde, la diputada y segunda en la lista del Frente para la Victoria en la provincia de Buenos Aires, Juliana Di Tullio y el gobernador bonaerense Daniel Scioli. 
 
Durante el acto la mandataria mantuvo videoconferencias en las que se puso en contacto con otros precandidatos del kirchnerismo de cara a las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del próximo 11 de agosto. Desde la ciudad de Buenos Aires se comunicaron con la presidenta Daniel Filmus y Juan Cabandié, precandidatos porteños al Senado y Diputados respectivamente, quienes participaron de la inauguración del Centro de Capacitación Profesional nº8 del SMATA.
 
En esa misma línea, el ex gobernador de Santa Fe y precandidato a diputado nacional por esa provincia, Jorge Obeid, participó de la ampliación de una planta de Nestlé en la ciudad de Santo Tomé. Mientras que se comunicó también con el gobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, quien desde Paraná formó parte de la puesta en funcionamiento de un miniestudio de televisión en el que se capacitará a trabajadores del sector y desde donde se generarán nuevos contenidos.
 
Fue precisamente en ese marco, y tras destacar el fuerte crecimiento que experimentó el sector gracias a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, en el que la presidente reclamó por la pronta plena vigencia de la norma trabada en la justicia. La jefa de Estado destacó además que la Argentina es en la actualidad la quinta exportadora de contenidos audiovisuales a nivel mundial.
 
Cristina destacó que en 2003 el Estado capacitó a través de sus distintos programas a poco más de 15 mil trabajadores con una inversión de alrededor de 15 millones de pesos. En 2012 ascendió a 316 mil la cantidad de trabajadores que recibieron capacitación en los distintos programas estatales que demandaron una inversión que superó los 1.027 millones de pesos.
 
Asimismo la presidente anunció un nuevo descenso en el índice de desempleo que en este segundo trimestre de 2013 retrocedió desde el 7,9% al 7,2% y llamó a seguir luchando para poder incorporar al 32% de los trabajadores no registrados que todavía hay en la Argentina.
 
De acuerdo con la ley electoral el sábado pasado comenzó la veda que impide a los jefes de gobierno realizar inauguraciones de obras públicas, lanzar o promocionar planes, proyectos o programas de alcance colectivo "que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales".
 
Sin embargo en esta oportunidad se trató de la inauguración de una empresa privada y la mandataria participó en calidad de invitada.
 
La jefa del Estado mantuvo además dos videoconferencias, una con la empresa Nestlé, que amplió su planta industrial, y otras con el sindicato de mecánicos (SMATA) que puso en marcha cursos de capacitación. En su nueva planta de Cañuelas, Visuar fabricará lavarropas de la línea Samsung.
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Ayer, el secretario Jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, entregó la respuesta a la demanda de inconstitucionalidad a la Ley de Comunicación, que fue planteada por el asambleísta Luis Fernando Torres el 28 de junio pasado.

El 13 de julio, la acción fue admitida a trámite y recayó en manos de la jueza constitucional María del Carmen Maldonado. Ella deberá conocer el proceso, según informó Torres a este Diario.

Según el documento que presentó el Secretario Jurídico, la Ley de medios aprobada por el oficialismo fue "ampliamente debatida", responde al pronunciamiento de la ciudadanía y garantiza el ejercicio de la comunicación para todas las personas.

"Siendo el argumento más importante para justificar la Ley, la creación e implementación de principios, reglas y mecanismos que viabilicen la inducción al cambio de estructuras de poder, me resulta verdaderamente desconcertante que el asambleísta electo por la provincia de Tungurahua (Torres) pretenda desmercer el pronunciamiento de la gran mayoría de ecuatorianos con falacias impresentables desde el plano jurídico", señaló Mera.

El Secretario Jurídico entregó ayer en la Corte Constitucional (CC) un documento de 18 páginas en las que rechaza cada uno de los puntos de la demanda que presentó el legislador Torres.

Entre ellos están la definición de la información como un servicio público, la subjetividad de la norma para imponer sanciones, el respeto a los derechos humanos, entre otros asuntos más.

En su respuesta a la Corte, Mera sostiene que la Ley de Comunicación no afecta los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.

"No veo que exista una confrontación de derechos que amerite la delimitación de su ámbito de aplicación mediante el principio de proporcionalidad. Más bien el actor parece aplicar el principio de ponderación, estableciendo a priori la jerarquía o prevalencia de un supuesto derecho conculcado (por ejemplo: libertad de expresión de los medios de comunicación privados) por sobre otros (el derecho de las personas de recibir de los medios de comunicación información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa, acerca de los hechos de interés general, el derecho a la honra, etc.)", agregó.

Sin embargo, para Torres, la norma legal tiene varias limitaciones de fondo y de forma, que afectarían el libre ejercicio comunicacional y que permiten la discrecionalidad para imponer las sanciones. Entre ellos, la figura del linchamiento mediático, establecido en el art. 26 de la Ley de Comunicación, que castiga la publicación de información en varios medios que pudiera "afectar" a una persona.

Por ello, el legislador pidió que el debate se centre sobre temas concretos y sobre bases jurídicas y no en "politiquerías". Él esperará que la Asamblea Nacional y la Procuraduría General del Estado también se pronuncien al respecto, para luego emitir su opinión.

"El Secretario Jurídico de la Presidencia cumplió ya con la obligación de contestar la demanda a nombre del demandado (el Presidente). En la audiencia tendré la oportunidad de referirme a los argumentos más importantes de esa respuesta. No conozco que las otras entidades se hayan pronunciado ya. Yo presenté mi demanda en términos constitucionales y no contiene términos propios de la politiquería ni de mediocridad jurídica", manifestó Torres.

Pero el Secretario Jurídico pidió que se deseche la demanda. A su criterio, no existirían argumentos legales que respalden la ponencia del asambleísta de Creo.

Los pronunciamientos de las otras entidades estatales deberán presentarse en los próximos días, pues solamente tienen un plazo de 15 días para hacerlo.

Una vez que se hayan recibido todos los argumentos legales, la magistrada Maldonado deberá convocar a una audiencia pública, para escuchar la exposición de los implicados en la demanda.

De acuerdo con la Ley de Control Constitucional, la jueza ponente deberá emitir un proyecto de sentencia, para que sea analizado en el Pleno de la Corte. Esta instancia será la que finalmente resuelva sobre la demanda de inconstitucionalidad y sobre la vigencia de algunos artículos de la Ley de Comunicación.

54 artículos impugnados

En la demanda ?de inconstitucionalidad, el legislador Luis Fernando Torres impugnó 40 de los 119 artículos de la Ley Orgánica de Comunicación, 10 disposiciones transitorias, 3 disposiciones reformatorias y 1 disposición derogatoria.

La Ley de Comunicación ?ha recibido críticas de varios sectores vinculados con la información, dentro y fuera del país. Una de estas críticas llegó del Instituto Internacional de Prensa, que consideró que la "excesiva regulación estatal" de la ley de medios constituye una "seria e inmediata amenaza para el periodismo independiente" en el Ecuador.

La Corte Constitucional ?negó la petición de medidas cautelares que evitaba que la Ley entre en vigencia.

LOS INVOLUCRADOS

Alexis Mera. ??El secretario Jurídico de la Presidencia contestó ayer a la demanda de inconstitucionalidad de la Ley de Comunicación.

Luis Fernando Torres. ?El asambleísta de la alianza PSC-Creo presentó la queja contra la norma comunicacional, por "errores" de fondo y de forma.

Gabriela Rivadeneira.?La presidente da la Asamblea Nacional deberá entregar sus alegatos respecto de la norma que fue impugnada en junio.

María del Carmen Maldonado. ?La magistrada de la Corte Constitucional será la juez ponente en el caso. Ella se encargará de analizar y tramitar el caso.

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Martes, 30 Julio 2013 06:31

Medio medio

Algunas disposiciones, como la transparencia en la concesión de licencias, el establecimiento de un plazo de vigencia (y su posible renovación) y la democratización del acceso a los medios, generaron un amplísimo consenso a nivel nacional. En cambio, los artículos en los que se pretende regular contenidos y establecer un Consejo de Comunicación Audiovisual, despertaron reacciones contrarias. En estas líneas no se pretende entrar en la consideración exhaustiva del texto sino aportar elementos de reflexión sobre un par de asuntos, de los muchos que considera el proyecto.

La primera reflexión se refiere al Artículo 29 de la Constitución. Allí se establece que "es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura". No hay ningún otro derecho consagrado con tanto énfasis y eso porque se trata de asunto fundamental en el ejercicio de los demás derechos, un verdadero termómetro de la vigencia y el vigor del estado de derecho. El artículo se completa con una atribución de responsabilidad al emisor del mensaje por eventuales abusos cometidos "con arreglo a la ley", que en ningún caso podrá vulnerar el principio de la "entera libertad".

Podrá suponerse que, existiendo conflicto con otros derechos también reconocidos por la Constitución (como el goce de la vida, el honor, la libertad, la seguridad, el trabajo y la propiedad, que se listan en su artículo 7) una ley como la que se propone es una herramienta jurídica adecuada para zanjarlo. Sin embargo, es conveniente observar la diferencia que estableció el constituyente entre los derechos del referido artículo, pasibles de restricciones legales "por razones de interés general", y el derecho a la libertad de comunicación, considerado en un artículo aparte y consagrado como "enteramente libre".

En suma, toda ley que vulnere este precepto es inconstitucional. Por mucho que se invoque la protección de la infancia o se considere a los medios "de interés público" y "estratégicos para el desarrollo nacional", el derecho a la libertad de comunicación no está incluido entre aquellos que son susceptibles de restricción por razones de interés general.

La segunda reflexión no es de relevancia jurídica pero sí política. El proyecto pretende facilitar "el debate democrático" y garantizar el derecho a una "pluralidad de informaciones y opiniones". Sin embargo, los minutos de publicidad electoral gratuita que obliga a otorgar, no se distribuirán según la diversidad de la oferta electoral sino porcentualmente, de acuerdo al resultado de las elecciones anteriores. Dicho de otro modo, el FA, que durante décadas se quejó con razón por la discriminación de que era víctima, pretende ahora tomarse venganza por vía legal.

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El proyecto de ley sobre Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA), conocido popularmente como ley de medios, contiene "contradicciones" que "pueden amenazar el ejercicio de las libertades de pensamiento, expresión, prensa e información", advirtió el presidente de la comisión de Libertad de Prensa e Información de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Claudio Paolillo, quien a la vez estimó la "inconveniencia" de que sea el Estado quien defina a los servicios de comunicación audiovisual como "un elemento estratégico para el desarrollo nacional" y que, al mismo tiempo, disponga que se trata de servicios "de interés público".

La SIP es una organización integrada por 1.300 publicaciones impresas (diarios, semanarios, quincenarios, mensuarios) de las tres Américas, dedicada según sus estatutos a defender y promover el derecho fundamental de los seres humanos para vivir con libertades de expresión, prensa e información, explicó Paolillo, director del semanario Búsqueda, quien concurrió a la comisión junto al director del diario El País, Washington Beltrán Storace, también integrante de la SIP.

Según Paolillo, en este proyecto hay normas "cuya aplicación puede implicar una amenaza para el ejercicio de la libertad de pensamiento y de expresión".

Respecto a estas definiciones, Paolillo dijo en la comisión legislativa que "tanto la `estrategia para el desarrollo nacional` como la determinación sobre qué es `de interés público` y qué no lo es corresponde a los Estados representados por los gobiernos", lo que lo lleva a pensar que "para el Poder Ejecutivo los medios de comunicación audiovisual regulados por este proyecto de ley cumplen un `servicio público`".

El proyecto de ley "atribuye al Estado la potestad de intervenir en los contenidos de los medios de comunicación regulados con una terminología de una vaguedad tal que deja al arbitrio de los reguladores un amplio campo para la acción subjetiva y discrecional", opinó.

Corral de ramas.

El vicepresidente de la comisión de Industria, el nacionalista Álvaro Delgado, reclamó un ámbito multipartidario para discutir su alcance "debido al carácter hiperreglamentarista y, quizás, inconstitucional", alertó en la reunión.

"El gobierno había desistido de regular los medios y en el año previo a la elección manda al Parlamento un proyecto con un grado de regulación extrema", advirtió el diputado.

Delgado dijo que este proyecto de ley regula el 35% del mercado dado que televisión por abonados (cable o satelital) e internet quedan fuera de la ley porque no se regulan contenidos ni horarios.

También criticó que el Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA) que la ley crea se designe con mayoría del gobierno de turno, y por tener "potestades muy discrecionales".

Respecto al CCA, Paolillo advirtió que "la ambigüedad, vaguedad, amplitud y extensión prácticamente infinita de conceptos que regularían los contenidos de los medios de comunicación audiovisual colocan, necesariamente, en un corral de ramas a quienes serían los futuros reguladores".

La SIP asimismo cuestionó la norma del proyecto que establece entre las 6 y las 22 horas un horario de protección al menor, el capítulo que prohíbe que la publicidad incite directamente a niños, niñas y adolescentes a comprar productos aprovechando su credulidad, y el hecho de que haya un mínimo de contenidos de producción nacional.

Otra de las delegaciones recibidas ayer por la comisión fue la de la organización de televisoras del interior, que si bien coincidió con el espíritu de la ley planteada, destacó que "es inviable e impracticable" en los medios del interior del país.

¿Popeye vedado?

El representante de la SIP Claudio Paolillo, hablando de la regulación de publicidad para niños, fue por el absurdo: "Si se viera a Popeye en un aviso para promover espinaca, ¿eso estaría prohibido porque puede `dar la impresión` al niño que su consumo le dará `ventajas físicas`?", preguntó.

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