Ayer, el secretario Jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, entregó la respuesta a la demanda de inconstitucionalidad a la Ley de Comunicación, que fue planteada por el asambleísta Luis Fernando Torres el 28 de junio pasado.
El 13 de julio, la acción fue admitida a trámite y recayó en manos de la jueza constitucional María del Carmen Maldonado. Ella deberá conocer el proceso, según informó Torres a este Diario.
Según el documento que presentó el Secretario Jurídico, la Ley de medios aprobada por el oficialismo fue "ampliamente debatida", responde al pronunciamiento de la ciudadanía y garantiza el ejercicio de la comunicación para todas las personas.
"Siendo el argumento más importante para justificar la Ley, la creación e implementación de principios, reglas y mecanismos que viabilicen la inducción al cambio de estructuras de poder, me resulta verdaderamente desconcertante que el asambleísta electo por la provincia de Tungurahua (Torres) pretenda desmercer el pronunciamiento de la gran mayoría de ecuatorianos con falacias impresentables desde el plano jurídico", señaló Mera.
El Secretario Jurídico entregó ayer en la Corte Constitucional (CC) un documento de 18 páginas en las que rechaza cada uno de los puntos de la demanda que presentó el legislador Torres.
Entre ellos están la definición de la información como un servicio público, la subjetividad de la norma para imponer sanciones, el respeto a los derechos humanos, entre otros asuntos más.
En su respuesta a la Corte, Mera sostiene que la Ley de Comunicación no afecta los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.
"No veo que exista una confrontación de derechos que amerite la delimitación de su ámbito de aplicación mediante el principio de proporcionalidad. Más bien el actor parece aplicar el principio de ponderación, estableciendo a priori la jerarquía o prevalencia de un supuesto derecho conculcado (por ejemplo: libertad de expresión de los medios de comunicación privados) por sobre otros (el derecho de las personas de recibir de los medios de comunicación información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa, acerca de los hechos de interés general, el derecho a la honra, etc.)", agregó.
Sin embargo, para Torres, la norma legal tiene varias limitaciones de fondo y de forma, que afectarían el libre ejercicio comunicacional y que permiten la discrecionalidad para imponer las sanciones. Entre ellos, la figura del linchamiento mediático, establecido en el art. 26 de la Ley de Comunicación, que castiga la publicación de información en varios medios que pudiera "afectar" a una persona.
Por ello, el legislador pidió que el debate se centre sobre temas concretos y sobre bases jurídicas y no en "politiquerías". Él esperará que la Asamblea Nacional y la Procuraduría General del Estado también se pronuncien al respecto, para luego emitir su opinión.
"El Secretario Jurídico de la Presidencia cumplió ya con la obligación de contestar la demanda a nombre del demandado (el Presidente). En la audiencia tendré la oportunidad de referirme a los argumentos más importantes de esa respuesta. No conozco que las otras entidades se hayan pronunciado ya. Yo presenté mi demanda en términos constitucionales y no contiene términos propios de la politiquería ni de mediocridad jurídica", manifestó Torres.
Pero el Secretario Jurídico pidió que se deseche la demanda. A su criterio, no existirían argumentos legales que respalden la ponencia del asambleísta de Creo.
Los pronunciamientos de las otras entidades estatales deberán presentarse en los próximos días, pues solamente tienen un plazo de 15 días para hacerlo.
Una vez que se hayan recibido todos los argumentos legales, la magistrada Maldonado deberá convocar a una audiencia pública, para escuchar la exposición de los implicados en la demanda.
De acuerdo con la Ley de Control Constitucional, la jueza ponente deberá emitir un proyecto de sentencia, para que sea analizado en el Pleno de la Corte. Esta instancia será la que finalmente resuelva sobre la demanda de inconstitucionalidad y sobre la vigencia de algunos artículos de la Ley de Comunicación.
54 artículos impugnados
En la demanda ?de inconstitucionalidad, el legislador Luis Fernando Torres impugnó 40 de los 119 artículos de la Ley Orgánica de Comunicación, 10 disposiciones transitorias, 3 disposiciones reformatorias y 1 disposición derogatoria.
La Ley de Comunicación ?ha recibido críticas de varios sectores vinculados con la información, dentro y fuera del país. Una de estas críticas llegó del Instituto Internacional de Prensa, que consideró que la "excesiva regulación estatal" de la ley de medios constituye una "seria e inmediata amenaza para el periodismo independiente" en el Ecuador.
La Corte Constitucional ?negó la petición de medidas cautelares que evitaba que la Ley entre en vigencia.
LOS INVOLUCRADOS
Alexis Mera. ??El secretario Jurídico de la Presidencia contestó ayer a la demanda de inconstitucionalidad de la Ley de Comunicación.
Luis Fernando Torres. ?El asambleísta de la alianza PSC-Creo presentó la queja contra la norma comunicacional, por "errores" de fondo y de forma.
Gabriela Rivadeneira.?La presidente da la Asamblea Nacional deberá entregar sus alegatos respecto de la norma que fue impugnada en junio.
María del Carmen Maldonado. ?La magistrada de la Corte Constitucional será la juez ponente en el caso. Ella se encargará de analizar y tramitar el caso.




