Reconocidos juristas y expertos afirman que el fallo que dictó la Cámara Federal sobre la ley de medios restablece una fuerte protección a la libertad de expresión y pone límites a los abusos del Gobierno, conforme lo establecen los tratados de derechos humanos y las prácticas comerciales en todo el mundo.
El miércoles pasado, la Sala I de la Cámara Federal Civil y Comercial, integrada por Susana Najurieta, Ricardo Guarignoni y Francisco de las Carreras, declaró inconstitucional dos artículos de la ley de medios audiovisuales, sancionada en 2009.
"La sentencia es muy técnica y precisa. El tribunal tuvo en cuenta los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Reconoció el derecho de propiedad de las licencias, pero, fundamentalmente, reafirmó la supremacía del artículo 13 de la Convención Americana, que protege la libertad de expresión, y puso de relieve que la sustentabilidad económica de los medios es una condición necesaria para su independencia frente al Gobierno", afirmó el jurista venezolano Asdrúbal Aguiar, ex ministro de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y director legal de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).
Aguiar hace hincapié en el hecho de que la Cámara Federal dijo que los límites que pretendió fijar el artículo 45 a la multiplicidad de licencias "no sólo comprometen el derecho de propiedad, sino el derecho a la libertad de expresión y su importancia para una sociedad democrática, protegidos por el artículo 13 de la Convención Americana". Además, el tribunal afirmó: "La sustentabilidad de una empresa guarda correspondencia con su independencia y la eficacia de su función de expresar, comunicar e informar".
No fue fácil para los jueces dictar el fallo. Hace tres años, para imponer su relato y estrechar el margen de acción a la Justicia, la presidenta Cristina Kirchner, varios de sus ministros, legisladores y los integrantes del Consejo de la Magistratura comenzaron a presionar públicamente y también con causas penales y juicios políticos a todo magistrado que le tocó intervenir en la demanda presentada por el Grupo Clarín. Incluso, antes y después de la sentencia, la Presidenta rebautizó al tribunal como "Cámara en lo Clarín y La Rural", disgustada porque sus medidas chocaron con la posición de algunos jueces.
"¿Sabés lo que es recibir todas las semanas una nueva denuncia y que, por querer hacer bien tu trabajo, te inicien juicios políticos y causas penales? En la Argentina, los jueces ya no tenemos tranquilidad", se quejó, entre preocupado y temeroso, un juez de alzada.
En el fallo, el camarista Guarignoni dejó constancia por escrito de ese clima: "Hubo una serie de actividades destinadas a apartar a los jueces del caso e influir sobre su resultado", denunció. Frente a ese clima politizado, la Cámara Federal se refugió en un fallo exclusivamente técnico.
¿Cuáles son los ejes de la sentencia, que revocó buena parte del fallo del juez Horacio Alfonso y que, en el futuro, deberá ser estudiada por la Corte Suprema?
- Control judicial. Aunque parezca innecesario a estas alturas de nuestra democracia, los camaristas recordaron que la Constitución establece la división de poderes y que los jueces tienen "la atribución de frenar los abusos de los poderes públicos".
Una fórmula clásica y de estilo que usan los tribunales para reafirmar que pueden controlar la validez de las leyes, pero que cobra mucha relevancia cuando el populismo plantea que la supremacía de la mayoría no debe ser limitada por nadie. "Los legisladores no pueden superar la voluntad de los constituyentes", recordó uno de los tres camaristas.
- Derecho a informarse. El fallo dice que la ley viola los artículos 13 y 26 de la Convención Americana, porque afecta el derecho a la expresión y el derecho de la población a buscar y gozar de información, con lo cual la ley no protege el pluralismo.
- Derecho de propiedad de las licencias. La Cámara corrige un grave error que cometió Alfonso, cuando en la sentencia de primera instancia dijo que las licencias de medios son un mero privilegio o permiso, que el Gobierno puede dar como finalizado en cualquier momento. La Cámara Federal explica que no es así, y que las licencias de radiodifusión están protegidas por el derecho constitucional de propiedad.
- TV abierta, radios y TV por cable. "La sentencia distingue correctamente dos situaciones. El espectro radioeléctrico y los cables", analiza el constitucionalista Gregorio Badeni.
"Las frecuencias de radiodifusión son escasas y el Gobierno las puede regular. Por eso, el fallo dice que es constitucional el artículo que sólo permite a un grupo tener diez canales de TV abierta y radios -Clarín tiene en todo el país cuatro canales de aire y siete radios, por lo que debería vender una radio-. En cambio, los cables y las señales que transportan no usan espectro, por lo cual el Estado no las puede regular", agrega.
- Acumulación de restricciones "sin justificación alguna". La ley de medios, para perjudicar a Cablevisión, estableció que un operador de TV por cable no puede exceder 24 localidades, ni superar el 35 por ciento de los abonados ni puede tener más de una señal de contenidos propia ni puede ser titular, al mismo tiempo, de un canal de aire. "Esa trama de restricciones lo único que buscaba es perjudicar al Grupo Clarín y fracturar a sus empresas. Una forma de censura indirecta, pero clara", afirma Andrés Gil Domínguez.
Tres peritos nombrados de oficio por la Justicia habían cuestionado esas restricciones y señalaron que el único objetivo que tuvo su inclusión fue debilitar la sustentabilidad económica de los medios del Grupo.
La Cámara señaló: "Ninguna de estas restricciones tiene fundamento ni justificación alguna y aparecen como arbitrarias", "crean un perjuicio tangible a la sustentabilidad de las empresas", y "no contribuyen a la diversidad y pluralidad de voces". Y, para fundar su postura, citó numerosos fallos de tribunales internacionales y también de la Corte de los Estados Unidos y de la Corte de Apelaciones de Columbia, que en 2001 y 2009 declaró inconstitucional el límite del 30 por ciento de suscriptores que se había establecido para los cables.
En la misma dirección, Alejandro Pereyra, candidato a director de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) por el FAP, planteó la incongruencia de regular el límite de las licencias de TV por cable, que sólo debería estar dado por riesgo empresario.
- Discriminación que beneficia a la TV satelital y a las telefónicas. El fallo dice que el artículo de la ley que fijó un límite a la expansión de la TV por cable introdujo un trato "discriminatorio y desigual", en beneficio de la TV satelital, que puede llegar a todo el país con una sola licencia. "El Estado nunca justificó por qué introdujo esa discriminación", se afirma en la sentencia, y la propia Comisión Nacional de Defensa de la Competencia reconoció que la TV por cable y la satelital apuntan al mismo mercado.
En ese sentido, Henoch Aguiar, ex secretario de Comunicaciones dijo que la ley "va a contramano de la evolución", porque desde el punto de vista técnico "desconoce el fenómeno de la convergencia". Y lo comparó con "la situación de España y otros países de la Unión Europea, que directamente eliminaron el sistema de licencias en la televisión por cable".
- Se violó la confianza legítima. La sentencia hace hincapié en que el decreto 527/05, de Néstor Kirchner, prorrogó las licencias -esa norma fue aprobada por el Congreso-, por lo cual el Gobierno no puede cambiar ahora las reglas del juego.
- Es un caso de esquizofrenia legislativa. Como si fuera poco, el artículo 48, que también fue declarado inconstitucional, dijo que quien se someta a esta ley no podrá invocar ni siquiera los derechos que le otorga la propia ley. "Es un caso extremo de esquizofrenia legislativa", aseveró uno de los camaristas en la página 48 del fallo. El Gobierno podría violar, sin límite, hasta las propias reglas arbitrarias del juego que dicta.
REACCIONES ANTE LA SENTENCIA
"La ley buscaba perjudicar a Clarín. Una forma de censura clara e indirecta"
Andrés Gil Domínguez
Constitucionalista
"La ley de medios va a contramano de la evolución, desconoce la convergencia"
Henoch Aguiar
Ex secretario de comunicaciones
"El límite de las licencias de cable sólo debería estar dado por el riesgo empresario"
Alejandro Pereyra
Frente Amplio Progresista




