El certamen “Diga 33(%)”, destinado para las producciones audiovisuales argentinas de las organizaciones comunitarias, cerrará la convocatoria hasta el 15 de agosto por órdenes de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
La convocatoria es para todas las organizaciones comunitarias de argentina y los trabajos a concursar podrán ser presentados en forma de cortometraje audiovisual o de spot radial con tres temáticas: organización barrial y compromiso social; voluntariado y militancia social, y gestión articulada y trabajo en red.
Cada categoría tendrá un primer lugar de 20 mil pesos argentinos para cortos y de 10 mil pesos para radio; así como un segundo premio con 10 mil pesos para cortos y 5 mil pesos para radio.
El certámen “Diga 33(%)” hace referencia a la tercera parte del espectro radioeléctrico en Argentina que puede ser utilizado por organizaciones comunitarias, según la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) de Río Negro emitió hoy un comunicado en el que denunció despidos por "causas ideológicas" en la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), según publicó el sitio Entre los despedidos se encuentra el delegado sindical del organismo estatal.
"Los despidos en la a cargo de Pierino Porrino, suponen una grave afectación a los derechos laborales y sindicales, violentando la Constitución Nacional y todas las leyes vigentes", indicó el comunicado, firmado por el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar.
"En el Afsca no tienen vergüenza. Se presentan en la provincia como los defensores de una ley y violentan la propia Constitución Nacional", continuó el texto. "Resulta llamativo que quienes sostienen como principal tarea persigan ideológica y sindicalmente a los trabajadores", agregó.
El sindicato adelantó que iniciará medidas para reclamar la reincorporación de los trabajadores y consideró que estas situaciones suceden cuando "llegan a cargos de responsabilidad personajes acomodados a dedo que carecen de capacidad y trayectoria".
Martín Sabatella, titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, denunció ante el un juzgado Federal en lo Criminal y Correccional a Cablevisión de Grupo Clarín por no acatar la orden de la justicia que lo obliga a programar los canales de televisión públicos en su parrilla programática.
“La empresa Cablevisión, del Grupo Clarín, no acata la orden de la Justicia de ordenar la grilla de programación, con lo cual incurre en el delito de desobediencia establecido en el artículo 239 del Código Penal”, declaró Sabatella a su salida del juzgado. “Hablan de Justicia y no respetan sus fallos. Hablan de libertad de expresión y le niegan pantalla a miles de actores, directores, guionistas, técnicos, animadores y demás trabajadores del sector audiovisual”, afirmó.
En el artículo 239 del Código Penal argentino se contempla una condena de quince días a un año por resistencia o desobediencia a un funcionario público en ejercicio de sus funciones. En la denuncia presentada por Sabbatella intervendrá la Fiscalía Federal en lo Criminal y Correccional.
Recientemente, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó la obligación de la empresa Cablevisión de cumplir con la grilla de canales establecida por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, de acuerdo a la ley 26522 y las resoluciones del organismo. En el mismo sentido fueron las decisiones del juzgado en primera instancia que en mayo, junio y julio de 2012 ordenó a Cablevisión cumplir con el ordenamiento de las señales que se trasmiten por distintas empresas de cable del Grupo Clarín.
El presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Martín Sabbatella, denunció este lunes penalmente al cableoperador Cablevisión por no acatar la grilla de canales que estableció el organismo regulador.
El funcionario explicó que "hay una medida cautelar a favor de la AFSCA que le exige a Cablevisión cumplir con la grilla de canales que el organismo elaboró para todos los canales de cable", hasta tanto la Justicia resuelva la cuestión de fondo.
Señaló, sin embargo, que el Grupo Clarín -dueño de Cablevisión- "se está resistiendo a cumplir" con esta orden judicial y reiteró que por ese motivo estaba hoy en Comodoro Py presentando una denuncia penal contra la empresa.
Sabbatella afirmó que "la semana pasada, que el grupo Cablevisión tiene que cumplir con la grilla que estableció la Afsca". Esto implicaría la inclusión de canales tales como CN23, 360TV, Paka Paka o Incaa TV.
El fallo de Sala N°4 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal por motivos procesales una apelación de Cablevisión, cableoperadora del Grupo Clarín, y le ordenó adecuar su grilla de señales a lo dispuesto por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca).
En diciembre de 2010, mediante la resolución 296, la Afsca obligó a los operadores de televisión por suscripción a incorporar el siguiente orden de canales: 2, señal local; 3, TN; 4, América 24; 5, C5N; 6, Crónica TV; 7, Canal 26; 8, CN23; 9, América; 10, Telefé; 11, Canal 7; 12, El Trece; 13, Canal 9; 14, Encuentro. A partir del 15 deben ubicarse los deportivos, los infantiles (empezando por Paka Paka), y después los de noticias internacionales (primero Telesur, controlado por el Estado venezolano).
En noviembre de 2012, mediante la resolución 1675, la Afsca incluyó en ese orden entre las señales de noticias a Argentinísima TV y 360 TV..
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal argentina ratificó hoy la obligación de la empresa Cablevisión de cumplir con la parrilla de canales establecida por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), luego de que Cablevisión excluyera la señal de los canales IncaaTV de películas, Paka Paka de contenido infantil y los tres canales de noticias CN23, 360TV y Telesur.
La medida dispuesta por los jueces Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vicente obliga a esa corporación empresarial a cumplir con el ordenamiento de los canales. Cablevisión apeló una decisión del juez de primera instancia, también favorable al AFSCA, para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 inciso 3 de la ley 26.522 que establece la inclusión de determinados canales en todos los servicios de cable.
Cablevisión tuvo la misma estrategia que con los artículos 41, 45, 48 y 161 de la ley 26.522 (Ley de Medios), objetando su constitucionalidad. Sin embargo, a diferencia de la causa que se tramita en el fuero federal Civil y Comercial, la inclusión y el ordenamiento de los canales, de acuerdo a lo normado por AFSCA, obtuvo una medida cautelar favorable al organismo. Es decir, una medida que obliga a cumplir con la parrilla de canales establecida hasta que se resuelva la cuestión de fondo.


