Los concesionarios de radio y televisión abierta de Ecuador tendrán hasta el 25 de julio para entregar su declaración juramentada en la que conste que el operador es quien utiliza la concesión como lo establece la nueva Ley Orgánica de Comunicación aprobada el pasado 14 de junio.
Lo anterior fue informado por el ministro de Telecomunicaciones, Jaime Guerrero, quien destacó que de lo contrario, comenzará el proceso de reversión de la concesión de la frecuencia, como está estipulado en la ley.
Por otra parte, los 373 infocentros comunitarios también deberán entregar un formulario con datos técnicos que incluya un resumen de las preguntas más frecuentes de los usuarios y sus respuestas aclaratorias, además de un instructivo para completar la declaración.
Con la nueva disposición será el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) el que reciba las declaraciones juramentadas en Quito, Guayaquil y Cuenca.
La Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Comunicación, publicada en el Registro Oficial No. 22 (Tercer Suplemento), del 25 de junio de 2013, establece que “las personas que consten como concesionarios de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora y televisión abierta, en el plazo de 30 días a partir de la publicación de esta Ley en el Registro Oficial, deberán presentar a la Autoridad de Telecomunicaciones una declaración juramentada en la que conste que la persona natural o jurídica concesionaria es quien utiliza la concesión y/u opera la estación autorizada por lo menos en los dos últimos años. El incumplimiento de esta disposición dará lugar al inicio del proceso de reversión de la concesión de frecuencia por la Autoridad de Telecomunicaciones”.





