El regulador de las telecomunicaciones peruano, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), dispuso en el proyecto de modificación de la normativa de condiciones de uso de servicios móviles que las llamadas de los usuarios con sus operadores deberán grabarse de forma íntegra cuando se trate de contratación de servicios.
Estas medidas fueron tomadas porque de acuerdo a las estadísticas del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) del Osiptel, los casos de reclamos por incumplimiento de contratos realizados vía telefónica, así como a través del mecanismo de marcación, se han incrementado en los últimos meses.
El proyecto de norma que modifica el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios de Telecomunicaciones establece que la contratación de los servicios de comunicaciones por marcación será aplicable sólo cuando el abonado lo utilice para la realización de llamadas de larga distancia nacional e internacional o el envío de mensajes de texto, los cuales serán facturados de manera individual.
Sin embargo, la marcación no sería aplicable para los casos de suscripción a servicios de valor agregado como horóscopos, juegos, chistes, entre otros, ni para la realización de migraciones de planes tarifarios ni contratación de servicios suplementarios, adicionales u otras prestaciones.
Con la presentación de la iniciativa, el Osiptel inicia un proceso de apertura de comentarios por parte de los interesados.




